-Son las primeras quejas contra el nuevo acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo
TEEH
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Oficializan impugnaciones contra el nuevo acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH) sobre las modificaciones que ordenó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) a las reglas de postulación para candidatos a diputados locales e integrantes de ayuntamientos, que entre otras disposiciones incrementa 27 municipios donde obligatoriamente postularán mujeres y ahora serán 12 demarcaciones con fórmulas de la diversidad sexual.
Dicha discusión generó inconformidad por parte de las representaciones partidistas, quienes calificaron el fallo como negligente e irresponsable, además de señalar que el actuar los magistrados fue con dolo y de mala fe, por lo que advirtieron que recurrirían ante las siguientes instancias para refutar otra vez estas permutas.
Apenas en estrados electrónicos del TEEH, aparecen los primeros tres recursos de apelación contra el acuerdo IEEH/CG/004/2024 promovidos por Morena, Nueva Alianza Hidalgo (PNAH) y Movimiento Ciudadano (MC); además del juicio ciudadano interpuso María Hernández González en el tribunal local.
Por su parte, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) recurrió vía salto de instancia a Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el juicio de revisión constitucional, SCM-JRC-4/2024; del mismo modo, Acción Nacional (PAN), Partido del Trabajo (PT) y de la Revolución Democrática (PRD) adelantaron que formalizarán quejas; igualmente, otra persona, Jesús Téllez Asiain, en el SCM-JDC-38/2024.
A partir del dictamen, TEEH-JDC-086/2023 y acumulados, los consejeros del IEEH ajustaron los citados lineamientos para que sean 27 ayuntamientos en donde registrarán únicamente féminas a candidaturas de presidentas municipales: Atotonilco el Grande, Singuilucan, Atotonilco de Tula, Tepetitlán, Chapulhuacán, Tezontepec de Aldama, Eloxochitlán, Tlahuelilpan, Emiliano Zapata, Tlahuiltepa, Huichapan, Tlanalapa, Metztitlán, Tepeji del Río, Nopala de Villagrán, Tulancingo y Francisco I. Madero.
De igual manera, los catalogados como indígenas: Calnali, Santiago de Anaya, Cardonal, Tecozautla, Chilcuautla, Tenango de Doria, Huehuetla, Xochiatipan, Lolotla y Yahualica.
Enfatiza como prohibido el registro de suspirantes menores de 30 años a diputados locales en distritos clasificados como indígenas y forzoso que consideren a este tipo de perfiles tanto por la vía de mayoría relativa como de representación proporcional; dentro del documento detallan más datos históricos y poblacionales para justificar las postulaciones de discapacitados y de la diversidad sexual.
Es decir, aumentó de 4 a 12 municipios donde inscribirán fórmulas para personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, intersexuales, queer y más (LGBTIQ+): Actopan, Atotonilco de Tula, Cuautepec, Mineral de la Reforma, Pachuca, Tepeapulco, Tepeji del Río, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo y Zempoala.
Para personas con discapacidad permanece una fórmula en cualquier lugar de la planilla por el principio de mayoría relativa en aquellos municipios de hasta 50 mil habitantes, es decir 70 de los 84 ayuntamientos y dos fórmulas completas en las 14 demarcaciones con más de 50 mil pobladores.
Estas 14 alcaldías son: Actopan, Atotonilco de Tula, Cuautepec de Hinojosa, Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca de Soto, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo de Bravo y Zempoala.
Como dato relevante, las inconformidades contra la sentencia que originó estos cambios, TEEH-JDC-086/2023 y acumulados, todavía sigue pendiente por resolver tanto en Sala Superior como Sala Regional Ciudad de México, ambas del TEPJF.