Según se dio a conocer con un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dejará exentos de hacer la declaración anual y mensual de impuestos a las personas que se dedican a actividades económicas del sector primario, como en el rubro pesquero, agrícola, ganadero o silvícola con la condición de que estos contribuyentes deben emitir en cada operación las facturas electrónicas que correspondan.
Para librarse de esa obligación fiscal, las personas que se dediquen a estos rubros serán aquellas que en el ejercicio fiscal no superen el límite de 900 mil pesos como máximo, quienes tendrán la alternativa de hacer o no la declaración.
Además, la autoridad fiscal aclaró que las personas jubiladas que tienen percepciones provenientes de una pensión y cuya labor se enfoca en actividades primarias podrán hacer su tributación como personas físicas por medio del nuevo Régimen Simplificado de Confianza para reportar el ingreso que se tiene por esa actividad y en su caso exentar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que de ella derive.
La dependencia también señala que los contribuyentes en calidad de persona física que limiten sus actividades solamente al sector primario y lleven a cabo transacciones con personas morales, quedarán libres de que se les retenga el 1.25% del monto de los ingresos por los pagos de esas personas morales, contando con el mismo teco de 900 mil pesos para acceder al beneficio.
Serán, en cambio, las personas morales las de presenten las declaraciones mensuales o provisionales al SAT para ponerse al corriente con el pago del ISR y el Impuesto al Valor Adquirido (IVA). También tendrán la facultad de hacer las deducciones en los costos de la mano de obra cuando se contratan a trabajadores del campo como jornaleros, además de alimento para el ganado y otros conceptos, cuando no lleguen al 10% del ingreso percibido ni rebase los 800 mil pesos. Gastos menores que resulten deducibles bajo este esquema, limitados hasta 5 mil pesos para poder incluirlos en el procedimiento.
Serán también estas personas morales capaces de atender las obligaciones fiscales de los miembros de esa entidad, en cuanto al pago del IVA; mientras que el ISR podrá ser reducido hasta en un 30% si las asociaciones de productores o sociedades en la forma de personas morales se compongan sólo por personas físicas, con un ingreso al año de no más de 14 millones 847 mil 756 pesos para cada integrante, a lo largo del 2022.