Los usuarios de tarjetas de crédito generalmente conocen el funcionamiento básico de sus plásticos, y saben que para evitar que los bancos les cobren intereses es necesario realizar a tiempo sus pagos, pero algo que no es tan sabido es que efectuar pagos a las tarjetas con efectivo puede ser causante de dificultades fiscales.
La razón de ello es que el rastreo de los recursos económicos que realiza el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se entorpece cuando se trata de dinero en efectivo el utilizado para el pago de las tarjetas de crédito. Es por esto que cabe la posibilidad de que la dependencia sospeche que cuentas con ingresos superiores a los que declaras.
Lo que podría ocurrir cuando pagas tus tarjetas de crédito de esta manera es que el fisco eche en funcionamiento un proceso conocido como “discrepancia fiscal” en perjuicio del contribuyente, al no tener modo de comprobar si ya se pagaron impuestos por este dinero.
Incuso podría ocurrir que el SAT se ampare con la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) donde se establece que una persona física puede someterse a dicho procedimiento en los casos en que logre comprobarse que las erogaciones en un año superen a los ingresos que el contribuyente haya declarado.
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Para evitar estas posibles dificultades, hay modos de pagar tus tarjetas sin que te enfrentes a esos problemas como si pagas mediante una transferencia bancaria, lo que permitiría al SAT verificar que se han pagado los impuestos correspondientes de ese dinero que utilices para el pago de tus créditos, ya que se trata de medios electrónicos.
Esta forma de pagar tus consumos a crédito es la forma más segura para evitar que un proceso de discrepancia fiscal se levante contra ti, en lugar del dinero en efectivo, cuando el SAT no tenga otra manera de conocer el origen de ese dinero y tenga que hacerte comprobar tus ingresos ante el fisco.
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